martes, 28 de agosto de 2012

Nuevo despilfarro administrativo


Sevilla demuele la Biblioteca de la Universidad

Las excavadoras empezaron en agosto a demoler la biblioteca de la Universidad de Sevilla para acatar un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La biblioteca ocuparía el 8% del Parque del Prado de San Sebastián que estaba protegido por el Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla desde 1987. Los vecinos denunciaron la recatalogación de la zona verde donde iba a ser construida la Biblioteca. Tras 4 años de litigio y un gasto de 4 millones de euros en su construcción junto con un aparcamiento subterráneo, definitivamente el Tribunal Supremo ratificó la sentencia en 2011. Curiosamente en Sevilla también se modificó el Plan General en el 2006 recalificandolo como espacio educativo para esquivar la sentencia, pero la sala lo rechazó.

El proyecto del arquitecto iraquí Zaha Hadid, premio Pritzker con estudios en Londres, fue el ganador de un concurso público realizado en el año 2006.

La Universidad pretendía que se salvara al menos el aparcamiento subterráneo, pero el auto insiste en que la construcción de ese edificio está fuera del ordenamiento jurídico. El TSJA señala que la demolición de lo «ilegalmente construido» es «indispensable para restaurar el orden jurídico perturbado por la actuación ilegal y ello conlleva la demolición en su totalidad, tanto en lo construido sobre rasante (...) como de lo construido en el subsuelo, pues ambas edificaciones pertenecen a la misma actividad urbanística declarada nula».
«El interés público exige la ejecución de la sentencia» tal y como, resalta, establece la Constitución, añadiendo que la «administración debe servir con objetividad a los intereses generales» y recordando que, como ya señaló el Tribunal Constitucional, la tutela judicial efectiva exige que «el fallo judicial se cumpla» porque lo contrario sería «convertir las decisiones judiciales y el reconocimiento de los derechos que ella comportan en favor de alguna de la partes», destacando que la ejecución de sentencias es de esencial importancia «para dar efectividad a la cláusula de Estado social y democrático de Derecho».

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