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jueves, 2 de noviembre de 2017

La Asociacion de Vecinos del Casco Antiguo embargada por el cubo


El “Proces” del CUBO de Biblioteconomía

El TSJEx embarga las cuentas del Casco Antiguo para que pague al letrado que defendió el cubo.
El  TSJEx embarga al Casco Antiguo por su deuda legal.

 Por su notable actualidad, hemos podido comprobar como el “proces” independentista Catalán se ha forjado en algunas mentiras evidenciadas tras la declaración de la independencia. España nos roba, su continuidad en Europa, el fortalecimiento económico de la república, etc., que formaban parte de sus pilares estratégicos y que han quedado en evidencia.

El “proces” de Biblioteconomía duró DIECISEIS años. Estuvo alentado por un puñado de personas o personajes, tanto de un lado como del otro espectro político, posiblemente para obtener prebendas personales o de cualquier otro  tipo en su beneficio. Utilizaban para acorralar a los que habíamos puesto la demanda, todo tipo de mentiras. Recuerden durante todo el “porces” de Biblioteconomía; el importe de los 8 millones que costaría su ejecución, que con la normativa vigente se podría tirar el cubo y luego se podría volver a construir, que vecinos, comerciantes, empresarios, alumnos y profesores se verían afectados negativamente, que la facultad se tendría que ir al campus (ahora resulta que hay espacio y han pedido periodismo) que volverían las jeringuillas y la degradación al casco antiguo y un sin fin de mentiras. Recuerden la manifestación contraria a la sentencia del Tribunal Supremos e incluso los escraches a la puerta del entonces Presidente.

Todo lo expuesto anteriormente no nos lo inventamos y lo pueden leer en el panfleto de 4 caras que la AAVV del casco antiguo emitió a los vecinos  por toda la ciudad. Dicho panfleto terminaba con este argumento: “que llevado el caso hasta sus extremos, en el momento que entrara una máquina a derribar la facultad, se podría poner un interdicto, se interpondría una demanda contra el derribo del cubo y se paralizarían las obras del derribo urgentemente”. Y poco mas o menos, siguiendo ésta hoja de ruta, al entrar las máquinas para rebajar dos plantas del cubo, la AAVV del Casco Antiguo solicitó el indulto e intentó paralizar la obra. Es evidente que todo le salió mal.

Esto, que ya es historia,  no tendría ahora importancia si no fuera porque hoy nos enteramos que el TSJEx  ha ordenado embargar las cuentas de la AAVV del Casco Antiguo porque su Presidente José María Soriano NO ha pagado al letrado los 750 € por su trabajo en la petición del indulto.

Al final serán los vecinos los encargados de pagar el empecinamiento personal de José María Soriano contra esta Asociación. El sabrá porqué.  Lo cierto que durante este “proces” de Biblioteconomía, miles de euros se han empleado en intentar justificar lo injustificable, pagando a letrados y peritos con el dinero público para salvar el cuello a mas de uno/a. Principalmente desde el Ayto. Pero Soriano no midió bien y pensó que lo de todo gratis nunca iba a terminar. Y se le terminó a él. Cuando pensábamos que con la péridida del expediente en el Ayuntamiento se había terminado este "porces", el cubo se lleva por delante a unos de los pilares que más lo habían defendido, con mentiras claro.

domingo, 27 de marzo de 2016

Ejecución definitiva del proceso de Biblioteconomía


 Recibimos de la Sala delTSJEx., nuevo auto de ejecución definitiva de las obras que quedarían pendientes de ejecutar una vez que se acordó la demolición de las dos plantas superiores del cubo pues en su día, la Sala “no apreciaba la más mínima duda de peligro alguno para la muralla”,  ...siendo esta actuación de derribo la mas importante para el restablecimiento de la legalidad”, advirtiendo a su vez al Alcalde que de no proceder “incurriría en delito de desobediencia a orden de la autoridad judicial”.

Una vez la sala ha recibido los informes no vinculantes de Patrimonio, perfectamente dirigidos por los propios políticos implicados, de los servicios técnicos del Ayto y de AdB, dicta este nuevo auto en el que determina las actuaciones que se han de ejecutar y las que no.

NO HA DE EJECUTARSE:

1.- La restitución del piso alto a su estado original.
- Que decía la Academia de San Fernando: Que la celosía de madera y su cubierta plana rompen la armonía del conjunto original.
- Que dice el nuevo auto: Que acepta el criterio técnico aportado por el equipo técnico del Ayto que  viene a decir lo siguiente “...no se puede restituir a su estado original pues se carece de documentación suficiente para ello.

2.- Las edificaciones adosadas a la capilla.
- Que dice la Academia de San Fernando: habría que reconstruirlos pues se podrían ubicar perfectamente los despachos que desaparecerán al demolerse las dos plantas del cubo y que en los informes de demolición no se advirtieron restos de importancia en el subsuelo.
- Que dice el nuevo auto: da por bueno el informe de la Comisión política, que no técnica y en este caso mucho más, de Patrimonio, que indica que esta obra supondría un claro riesgo para nuestro patrimonio”, habría que reforzar la muralla y obligaría a un estudio profundo del subsuelo.
Capilla(2) y espacios anexos (1) que fueron demolidos en las obras de Biblioteconomía y que
 podrían valer para reubicar los despachos según la Academia de San Fernando.

SI TIENE QUE EJECUTARSE:

1.- Eliminación de las dos plantas superiores del cubo.
- Que dice la Academia de San Fernando: El volumen y altura vulneraron la conservación y composición espacial original. Generan un impacto negativo sobre el recinto almohade y la torre de espantaperros.
- Que dice el nuevo auto: Se remite al auto anterior de ejección que tenía en cuenta la “contaminación visual”. (9 Junio 2015)



2.- Eliminación de los tres torreones de remate de los patios.
- Que dice la Academia de San Fernando: “Asoman de modo muy ingrato y agresivo por encima de la muralla almohade cuyo protagonismo debiera protegerse”.
- Que dice el nuevo auto: No son aceptadas las alegaciones de “compleja demolición” esgrimidas, y acepta las consideraciones de AdB.
-         
QUEDA PENDIENTE, AUNQUE AHORA NO SE EJECUTARÁ :

1.- Cerramiento lateral de la capilla .
- Que dice la Academia de San Fernando: su cerramiento devolverá a la capilla el carácter de espacio cerrado y de alto simbolismo perfectamente compatible con un uso no religioso como podría ser un salón de grados, etc.
 - Que dice el nuevo auto:  Se remite a un auto anterior. Ahora no se ejecutará. En dicho auto se hacía eco del informe técnico de los Bomberos; “de cerrarse el lateral de la capilla implicaría no cumplir con la seguridad contra incendios”. Por lo tanto la sala acordó suspender la ejecución mientras se siga utilizando el edificio por la Facultad o hasta que se encuentre una solución técnica que soslaye estos problemas.

domingo, 25 de octubre de 2015

Otro paso mas para cumplir la sentencia

14 de Junio de 2016 

Esta es la fecha indicada para que el Ayuntamiento de Badajoz ejecute definitivamente la demolición de las dos plantas superiores del 'cubo' de Biblioteconomía, según el Auto de 20 de Octubre de 2015. 

Esta fecha ha sido propuesta por la propia Universidad como la mas conveniente para que empiecen las obras y nosotros la aceptamos como no puede ser de otra manera.

A estas alturas lamentamos que alguien tenga la mas mínima duda sobre nuestro compromiso por la ciudad, por nuestro casco histórico, sobre nuestra Universidad y sobre los beneficios de la Facultad. 

Otra cosas diferente es que hemos pedido absoluta garantía que el 14 de Junio estarán empezando a trabajar en dicha obra y que de ninguna manera sea ésto otro pretexto para continuar aplazando y tomándonos el pelo a los ciudadanos. Confiamos plenamente en las palabras de la Sala.

Agradecemos las siguientes palabras escritas por la Sala en el Auto donde en el Fundamento de Derecho punto CUATRO señala nuestra postura de colaboración puesta de manifiesto para no causar perjuicios ni a los Alumnos ni a la Universidad:


Finalmente queremos expresar que lamentamos que la soluciones planteadas por la Academia de San Fernando para suplir los metros cuadrados que se van a derribar y que pudieran convertirse en despachos para los profesores, no estén hechas antes de la demolición del 'cubo' . Si en vez de intentar evitar la ejecución de la sentencia se hubiera puesto el mismo interés en solucionarles este problema, todo estaría terminado desde hace mucho tiempo y con los profesores perfectamente ubicados. Más, si se hubiera ejecutado completamente lo estipulado en vez de realizarse en dos fases, como resultado de los continuos embrollos del Ayto, a estas alturas los profesores tendrían nuevos espacios.



domingo, 14 de junio de 2015

Auto del TSJEx de 9-Jun-2015

Demolición inmediata de las dos plantas superiores del 'Cubo'

Adjuntamos un nuevo auto emitido por TSJEx por el que la Sala acuerda la demolición inmediata de las dos plantas superiores del “Cubo”. Pero antes permitan recordarles que muchas veces hemos denunciado la ingerencia de la Comisión de Patrimonio en poner cuantas trabas sean posible para no ejecutar dicha sentencia. Comisión que debe estar al servicio de los intereses de la ciudadanía y no de los políticos, como una y otra vez hemos denunciado y que la sala viene a darnos la razón con este Auto.

El acuerdo adoptado por la Comisión de Patrimonio sobre este asunto, es un nuevo intento por parte de las Administraciones implicadas de dirigir el qué, el como y el cuando de esta ejecución, en contraposición con la ley que establece que la potestad de hacer ejecutar las sentencias corresponde exclusivamente a los juzgados y que las partes están obligadas a cumplir las sentencias en las formas que determinen los tribunales.”

El Auto, es de una gravedad extrema porque evidencia que “... que después de 12 años no se haya cumplido la sentencia, y creemos que va siendo hora de que por parte del Ayto de Badajoz se materialicen actos de ejecución que demuestren efectivamente que el estado de derecho funciona

En definitiva, el Ayto había presentado un proyecto de ejecución y Patrimonio había puesto tantas pegas a ese proyecto que hasta que el Ayuntamiento no haga lo que indica  la Comisión de Patrimonio, no podrá ejecutarse la sentencia.  Dice el Auto: “Es decir, sin la autorización de la Comisión nada podrá hacerse por mucho que el Tribunal Supremo haya dicho en varias ocasiones que no cabe oponer denegación de la autorización por patrimonio histórico”. Recordar que la Comisión de Patrimonio es un órgano consultivo.


En la demolición de las dos plantas superiores de hormigón;  “...no ve la Sala peligro alguno para la muralla, basta que se ponga el mismo cuidado en el derribo que el que se puso en la construcción”. La sala considera, y nosotros también, que esta actuación  es la mas importante para el restablecimiento de la legalidad. Esta demolición deberá ser cumplida de inmediato, advirtiendo al Alcalde que podría incurrir en delito de desobediencia a orden de la autoridad.
Por otra parte, la sala permite que las nuevas construcciones que han de realizarse y que vendrían a paliar la eliminación de los despachos, se posponga hasta que Patrimonio se pronuncie.

Podemos decir que tanta traba y tan pocas ganas de querer solucionar el conflicto por parte ya no solo del Alcalde y del grupo municipal del PP, sino del Gobierno de Extremadura, a la que pertenece la Comisión Política de Patrimonio, ha determinado que el espacio que se ha de construir para paliar los despachos que desaparecerán tirando las dos plantas del cubo, no podrán hacerse hasta que patrimonio y el Ayto se pongan de acuerdo. Esta forma de actuar evidencia quien no solamente es el responsable de la ilegalidad de la licencia, sino también de llevar 15 años sin ofrecer soluciones a las estancias universitarias.

sábado, 31 de enero de 2015

Modificación de proyectos y mas informes


Comisión de Patrimonio de 30 Enero de 2015

La pasada Comisión de Patrimonio de 30 de enero trató entre otros temas, el proyecto de ejecución de las obras de Biblioteconomía, el  proyecto de ejecución “pendiente de legalidad patrimonial”, del edificio de la Calle Joaquín Costa promovido a titulo particular, por la arquitecta municipal que casualmente firmó el proyecto de ejecución del cubo por “mandato imperativo” y las instalaciones de aire acondicionado del Museo de Bellas Artes de Badajoz. Fue presidida por la Sra. Directora Gral. y su “corte” de altos funcionarios venidos expresamente de Mérida para tan señalada ocasión.

Pues bien, dando ejemplo de lo que debe ser éticamente un órgano colegiado, donde sus deliberaciones deben de plasmarse antes en un acta,  el Gobierno de Extremadura saca un comunicado de prensa mientras ésta Comisión de Patrimonio estaba reunida, especificando los acuerdos tomados sobre el proyecto de ejecución del Cubo.

Una vez mas evidencian que no solo las decisiones de la Comisión de Patrimonio están de antemano tomadas, y controladas políticamente, sino que la nota de prensa estaba ya redactada a sabiendas de lo que la propia Comisión iba a determinar, demostrando la falta de respeto hacia los pocos miembros independiente que nos encontramos en dicha Comisión y el poco respeto a la institución.

Aclarado este punto, pueden leer íntegramente el comunicado emitido por el Gobierno Regional
Pulse aqui para leer comunicado del Gobex
Ante este comunicado la AdB quiere exponer lo siguiente:

La Comision Provincial de Patrimonio de Badajoz, continua en el camino emprendido sin saber ni a donde va, ni lo que debe hacer en lo que concierne a las obras que se deben realizar en la Facultad de Biblioteconomia en cumplimiento de la sentencia del TSJEX, ratificada por el Tribunal Supremo.

Está mostrando una preocupacion enfermiza porque las obras se lleven a cabo de una manera tan escrupulosa como irresponsable. Olvida que esa preocupacion debio ejercerla cuando se hicieron las obras que dieron lugar al recurso y a la sentencia. 

Actua por mandato de la Direccion General de Patrimonio y esta olvida tambien que el Tribunal Supremo hizo suyo el reproche contenido en el informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, emitido en su dia, aduciendio que los instrumentos de control de los que dispone dicha Direccion General fallaron de manera clamorosa, como por otra parte venia alegando la Asociacion de Amigos de Badajoz. A saber:

1º.- Control de los acuerdos de las Corporaciones Locales y su facultad, conforme a la la normativa de Regimen Local, vinculante para la Junta de Extremadura, de impugnarlos ante la Jurisdiccion contencioso-administrativa, cuando se aprecie que van en contra del ordenamiento juridico.

2º.- La Comision Provincial de Patrimonio informo favorablemente las obras que dieron lugar al recurso. Si hubiera actuado con el rigor que se espera de ella, no habriamos llegado a esta situacion de la que tanto se lamenta el Sr. Alcalde.

3º.- Las facultades de inspeccion y sancion de la Dirección General brillaron por su ausencia. Dicho esto, ahora la unico que puede hacer la Direccion General es coadyuvar con el Ayuntamiento de Badajoz para que el cumplimiento de la sentencia se lleve a cabo con la mayor diligencia posible, sin merma del rigor, con el que debe actuarse, sin perderse en un bosque de informes que debió pedir a la vista del expediente de la Licencia de Obras, y no ahora.

 El TSJEX puede perder la paciencia y aplicar el art. 112 de la Ley de la Jurisdiccion contenciso- administrtiva con exigencia de responsabilidades por la demora injustificada en el cumplimientop de la sentencia. El empecinamiento de pedir y pedir infomes y convocar sesiones de la Comision Provincial de Patrimonio es absolutamente impertinente.
El Periodico Extremadura.   Diario HOY

martes, 27 de enero de 2015

Dilación en la ejecución de Sentencia Judicial


LA COMISION PROVINCIAL DE PATRIMONIO
(El próximo 30 de enero se verá el proyecto de ejecución de las obras de Biblioteconomía)

La Comisión Provincial de Patrimonio es una institución de hondas raíces históricas, cuyo precedente más antiguo es la Comisión de Monumentos de Badajoz, creada por la Real Orden de 13 de junio de 1844.
 En su dilatada singladura ha cumplido un papel fundamental, y en ella dejaron profunda huella  personajes ilustres como Tomás Romero de Castilla, que permaneció durante 38 años como secretario, pero que su labor fue mas allá, erigiéndose en su tiempo protagonista indiscutible de la institución.

José López Prudencio, Adelardo Covarsí Yustas y Antonio del Solar y Taboada desempañaron también una labor relevante en ella, en orden a la  conservación de nuestro Patrimonio.

    Sin embargo la actual Comisión Provincial de Patrimonio regulada por Decreto de 13 de junio de 2001, de la Junta de Extremadura, anda un tanto desorientada en sus fines y en sus procedimientos.

Y digo esto porque parece que algunos de sus integrantes no han leido o han olvidado algo tan esencial, exigido en las oposiciones a funcionarios (incluso para alcanzar algún puesto en las de menor categoría), como el Articulo 1, punto 1, de la Constitución Española que dice “España se constituye en un estado social y democrático de derecho……” . Ya comienza, nuestra Ley de leyes,  haciendo una afirmación categórica de la importancia que el derecho tiene en las decisiones de todos los Poderes públicos. 

A esto hay que añadir el primer párrafo de la exposición de motivos de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pieza capital de nuestro estado de derecho, por la que se le atribuye de manera palmaria, la misión de controlar la legalidad de la actividad administrativa, garantizando los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos frente a las extralimitaciones de las administraciones publicas.

    Y si finalmente tenemos en cuenta que el máximo garante de la interpretación de las leyes es el Tribunal Supremo, habremos de concluir que ante una resolución que en su día fue adoptada por el TSJEX, confirmada por nuestro mas Alto tribunal, no cabe nada más que cumplirla con la mayor diligencia posible.

No obstante, la Comisión Provincial de Patrimonio, sorprendentemente, haciendo un lamentable alarde de confusión en sus competencias, se empecina en que no es suficiente lo dispuesto por la Jurisdicción en su mas alta magistratura y el próximo día 30 de los corrientes examinará unos informes, en la peregrina intención de comprobar si lo ordenado por el Tribunal Supremo, respecto de la ejecución de la ya famosa sentencia de demolición de parte de las obras que en su día se realizaron en la Facultad de Biblioteconomía, incumple la Ley de Patrimonio.

Su actuación en este sentido es un total despropósito ya que pone en duda si el Tribunal Supremo ha interpretado bien la Ley mencionada, cuando lo que procede no es que la Comisión controle una decisión del Tribunal Supremo, sino que los servicios jurídicos de la Junta de Extremadura corrijan una actuación tan irresponsable de la Comisión de Patrimonio y propongan alguna medida para enmendar tan desafortunada actuación, de tal forma que esta no desborde nuestro Ordenamiento  jurídico.   

Hay que reprochar, por otra parte, a la Junta de Extremadura que mantenga vigente un Decreto que ya está muy obsoleto y lo sustituya por otro en el que su composición esté mas equilibrada. De sus 16 miembros la mayoría son funcionarios (no es que tenga nada contra ellos, yo trabajé para la Administración del Estado toda mi vida laboral), y evidentemente hay que compensar su proporción con mayor representación de Ayuntamientos y mayor representación, también, de asociaciones que defienden el Patrimonio Histórico en Extremadura, propiciando de esta manera el contraste de pareceres, siempre dentro de la normativa que regula el funcionamiento de los órganos colegiados de la Administración.



Manuel Márquez Martín
Licenciado en Derecho
(Texto publicado en el Diario HOY el 27-I-2015)

viernes, 19 de diciembre de 2014

Nuevo Informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando


OTRO VARAPALO PARA EL AYUNTAMIENTO


"Esta Real Academia expresa manifestación rotunda de que toda la obra propuesta en nuestro dictamen de Julio de 2011 es no solo posible, sino absolutamente necesaria para paliar algo (pues del todo es desgraciadamente imposible) los resultados desastrosos que el comportamiento de diversas instituciones extremeñas ocasionaron a su propio patrimonio histórico artistico en el caso que nos ocupa."


El auto emitido en Julio de 2014, la sala del TSJEx instaba al Ayuntamiento a ejecutar las obras de Biblioteconomía tal y como había expresado la Academia de Bellas Artes de San Fernando tras los innumerables actos por parte del Consistorio de intentar justificar la imposibilidad de ejecutar la sentencia. El auto responsabilizaba directamente al Alcalde de dicha ejecución y le advertía de su incumplimiento.

Tan solo quedaba en el aire un punto referente al cierre de los laterales de la capilla como pedía la Académia de San Fernando, mientras se debería ir ejecutando el resto de la obra.  Este asunto fue aprovechado por el Ayuntamiento para pedir, otra vez, la inejecución de la sentencia, alegando problemas en materia de seguridad contra incendio.

El auto que reprochaba a los cuatro arquitectos municipales por no plantear soluciones alternativas a no cerrar los huecos, los responsabilizan de no haber realizado las actuaciones concretas que puedan evitar poner en peligro a las personas.  Aun así, la Sala daba un plazo de 15 días para que las partes presentaran sus informes técnicos  y en su caso la Sala acudirá a la Real Academia de San Fernando  como así sucedio.

Pues bien, ya tenemos el informe que ha emitido la Real Academia de San Fernando que pueden leer completo referente a los problemas en materia de seguridad contra incendios que puede plantear el cierre de los laterales de la capilla situada en Biblioteconomía y que nosotros reproducimos:


Primero. La Real Academia se reafirma plenamente en el informe emitido en julio de 2011.

Segundo: Recordar ante quien proceda que los problemas de seguridad, tanto en materia de incendio como en cualquier otra, debe plantearselo y resolverlos la empresa que los realice; y si no sabe o no quiere hacerlo debería renunciar, y la propiedad buscar otra empresa que sí quiera y sepa realizarla.

Tercera: Esta Real Academia expresa manifestación rotunda de que toda la obra propuesta en nuestro dictamen de Julio de 2011 es no solo posible, sino absolutamente necesaria para paliar algo (pues del todo es desgraciadamente imposible ) los resultados desastrosos que el comportamiento de diversas instituciones extremeñas ocasionaron a su propio patrimonio histórico artistico en el caso que nos ocupa.

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando parece estar hasta el gorro de esta história de Biblioteconomía, al igual que la Sala asi como los ciudadanos que estamos hastiados de lo mismo.

¿ A que esperan las autoridades judiciales para que de una vez por todas, y cuanto antes, se tomen las medidas que necesitamos los ciudadanos para que finalmente se haga justicia ejecutandose lo sentenciado ?

HOY  y  El periódico Extremadura

sábado, 25 de octubre de 2014

Providencia Sala del TSJEx 21/Oct/2014


Providencia de 21 / Oct / 2014  del TSJEx  requiriendo al Alcalde para que aporte el proyecto de presupuesto Municipales 2015 que acredite que está incluida la partida para la ejecución de la sentencia.



El Tribunal de Justicia de Extremadura acaba de dar otra vuelta de tuerca al Ayuntamiento de Badajoz y en especial al Sr. Alcalde con auto dictado el 21 de Octubre pasado mediante el cual le insta a que demuestre que en los próximos presupuestos municipales tenga prevista la dotación económica para el derribo de las obras ilegales efectuadas en la Facultad de Biblioteconomía. Para ello le da un plazo de 10 días con apercibimiento si no cumple.

 Por otra parte le vuelve a recordar al Alcalde y esta vez con la consideración de apercibimiento si desoye a la Sala, que en ningún caso puede estar condicionada la ejecución de la sentencia a lo que dicte la Comisión de Patrimonio dependiente de la Consejería de Educación y Cultura.

 Recordar que esta Comisión de Patrimonio se ha vuelto a enredar pidiendo de nuevo informes e intenta declarar el cubo como Bien de Interés Cultural exclusivamente para dilatar el proceso. 

Respecto al cierre de los laterales de la capilla, la sala acuerda remitir a la Real Academia de San Fernando para que se pronuncie sobre si se puede o no cerrar dichos laterales. Recordemos que la ejecución de esta parte es independiente al resto de la obra y mientras se estudia cerrar o no la capilla se debe ir ejecutando el resto de las actuaciones. Por lo tanto será la Academia de San Fernando la que se pronuncie si se puede o no se puede cerrar la capilla o si existe alternativa.

Recordar que en caso que la Universidad decidiera marcharse de esas instalaciones, cualquier día, esta capilla tiene que cerrarse y el gasto será por parte del Ayuntamiento.

 La generación de gastos que le pudieran llevar a la Academia de San Fernando correrá a cargo del Ayuntamiento.

jueves, 31 de julio de 2014

Nuevo auto de 24 Julio de 2104


La sala del TSJEx ha vuelto a dictar un auto que pasamos a sintetizar. Los 11 primeros folios son los antecedentes del proceso. Recomendamos su lectura.  Nosotros resumiremos desde el punto QUINTO, pág. 12, por ser lo mas actual del proceso :


A primero de año, la sala amplía el plazo a 6 meses para que el Ayto presente el proyecto de ejecución que éste presenta fuera de plazo. Junto al proyecto, el Ayto hace una serie de consideraciones tales como que tapiar la capilla supone el incumplimiento de la normativa de incendios, que dicho proyecto ha de pasar por la Consejería de Educación (Comisión de Patrimonio) por ser  elemento afectado a un BIC y finalmente realiza una serie de aseveraciones de carácter ético y deontológico realizada por los arquitectos redactores, tales como que se les obliga a intervenir en un edificio provocando su degeneración, que se les obliga a incumplir los principios de intervención de patrimonio, que les obligan a actuar en contra de su conciencia donde la intervención propuesta tiene un alto coste económico en un momento de crisis como el actual.


Desde la Asociación se responde que existe negligencia del Ayto, ya que conoce la ejecución desde 2013 y no se avanza nada. Se hace ver al Juez que la posible vulneración de las normas de seguridad  contra incendios del cerramiento de la capilla es una maniobra para intentar conseguir la declaración de inejecutabilidad material de la sentencia y que si los técnicos municipales no son capaces de solucionar este problema técnico, el Ayto debe contratar asistencia técnica externa. Respecto a pasar por patrimonio el citado proyecto, la Asociación se remite a lo dictado por el Tribunal Supremo: “para el cumplimiento de esta sentencia no se necesita la aprobación del proyecto por Patrimonio”, por lo tanto lo que diga Patrimonio es irrelevante. Respecto a las cuestiones éticas de los arquitectos municipales, la Asociación se asombra que se de traslado a la Sala de unas opiniones particulares y desconoce las verdaderas intenciones, pero hacemos los siguientes matices: puede que los arquitectos estén iluminando a la Sala con la ilegalidad de esta sentencia o la prevaricación que haya podido cometer la Sala al dictar una resolución no acorde con sus principios profesionales.


A todo esto la Consejería de Educación presenta las siguientes alegaciones: No ve viable comenzar las obras al final del curso universitario dado que el plazo de ejecución es de ocho meses. Que el proyecto lo tiene que ver patrimonio, aunque comenta el Juez que la Junta no se atreve a indicar las consecuencias que pudieran derivarse de una hipotética decisión de no autorizar el proyecto, pero implícitamente está reconociendo que ninguna. Por lo demás se adhiere a los argumentos esgrimidos por el Ayto.


LO QUE  DICE LA SALA:


1º) Respecto al código ético de los Arquitectos la Sala ve incomprensible su aportación a los autos y dice que las opiniones personales éticos de los técnicos carecen de trascendencia para resolver este conflicto. Y le resulta ilustrativo recordar el preámbulo del informe emitido por la Academia de Bellas Artes que aconsejamos su lectura porque no tiene desperdicio.


2º) Alega que tanto la Junta como el Ayto de forma indirecta vuelven a plantear la imposibilidad de ejecutar la sentencia en el caso que Patrimonio deniegue la autorización. ATENCION a lo que dice la sala: El simple replanteamiento de una cuestión totalmente agotada en sede jurisdiccional no puede merecer otro calificativo que temerario. Recuerda que ya el Supremo expresó que no cabe oponer la denegación de la autorización de patrimonio para excusar el cumplimiento de la sentencia, en su caso esta sería nula.


3º) Se plantea también la inejecución de una parte de la obra consistente en tapiar los laterales de la Capilla como alude la Real Academia. Indica que los informes de los 4 arquitectos emitidos anteriormente contra el dictamen de la Real Academia de Bellas Artes que fijaba los elementos a demoler, incomprensiblemente no aludían nada de las razones que ahora alegan sobre la seguridad en materia contra incendios. Por lo tanto ahora, la única responsabilidad de que al día de hoy se haya decidido realizar una actuación que pueda poner en peligro a las personas es el propio Ayto y sus 4 arquitectos. Esta falta de alegación en su debido momento podría ser argumento suficiente para que la Sala rechazara los motivos de la inejecución. Aun así, la Sala entiende que la actuación de seguridad de incendio merece un estudio específico antes de decidir si se puede o no cerrar la capilla. Insta a las partes para que en 15 días presenten informes técnicos y en caso que la sala lo vea oportuno, acudirá a un asesoramiento técnico externo pagado por el Ayto. Esta decisión no impide continuar la ejecución del resto y lo que urge es empezar por el cubo. Si se acuerda no cerrar la capilla y la Universidad decide no continuar en esas instalaciones, el cierre deberá producirse.


4º) La sala dio por hecho que el Ayto daría los pasos para llevar a cabo la ejecución y la realidad es que un año después no se ha realizado una actuación material. Por ello la Sala renuncia a los plazos pero dice al Ayto que haga lo que tenga que hacer para ejecutar la sentencia, eso si, siempre por la vía mas rápida. En correspondencia con esta libertad, exige al Alcalde como responsable directo de esta ejecución, que remita a la Sala un informe mensual de las ejecuciones materiales que se realicen a partir  de esta resolución, siendo el primer informe el 1 de Septiembre. El incumplimiento injustificado puede dar lugar a medidas establecidas en el art.112 LJCA


5º) Se deja sin efecto el plazo establecido en el auto anterior, debiendo el Ayto hacer sin dilación las actuaciones necesarias para ejecutar las obras fijadas en abril de 2012.  Se dan 15 días para que las partes presenten informes a fin de resolver si se tapia o no los huecos de la capilla.

jueves, 8 de mayo de 2014

Entregado el proyecto ejecución fuera de plazo.

 Celestino Rodolfo:  "ESTA SENTENCIA ES UNA CHAPUZA"

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Así de contundente se despachó el Concejal de Urbanismo al presentar ante los medios de comunicación el proyecto de ejecución de las obras ilegales acometidas en el interior de la Alcazaba. Así, metiéndose descaradamente con la Justicia, con el estado de derecho y desviando la atención de haber presentado el proyecto fuera de plazo.

Recordemos que precisamente la propia sala del TSJEX amplió el plazo para que el Consistorio presentara el proyecto de ejecución, y ...para que quede demostrado por parte del Ayuntamiento su voluntad de cumplir definitivamente la Sentencia a la menor brevedad posible... según determina el propio Auto. Demostrada una vez mas la intención de querer poner chinas a la ejecución de la sentencia. Y son muchas. Y quedan mas. Pero la justicia no parará, Sr. Concejal.

Penoso tener que escuchar al propio concejal decir que este derribo supone una “vulneración fragante” de una docena de artículos de la Ley de Patrimonio. Oirle decir que mandará a las revistas especializadas esta decisión judicial. ¿A quien pretende amedrantar?  ¿A la Justicia?.

Hasta cinco veces repitió que la sentencia era una chapuza. ¿Es el Sr. Concejal miembro de un partido democrático de España? ¿Que intenciones oscuras tiene estas declaraciones realizadas por una persona que es abogado?

Y el colmo de los colmos, de la estupidez elevada a la décima potencia, es la excusa expresada por los arquitectos municipales a los cuales se les encarga la realización de un proyecto por parte de la Administración y se niegan a firmarlo porque va contra sus principios. Lastima no hubiera pasado lo mismo cuando se determinó la construcción del edificio ilegal. Nos hubiéramos ahorrado muchos disgustos.

Seguimos con las barbaridades. El Concejal del Urbanismo, que está totalmente de acuerdo con la decisión tomada por los arquitectos en no querer firmar el proyecto de ejecución nos dice que además " comparte la decisión que en su día adoptó Urbanismo"  y "los técnicos con los que yo he hablado volverían a hacer lo mismo"

Juzguen Ustedes quien está perdiendo los papeles en este asunto. Mejor, quien los tiene perdido hace tiempo.


IMPORTE DEL DERRIBO DEL CUBO:

Por último decir que el derribo de las dos plantas del cubo, según el proyecto de estos mismos arquitectos asciende a la cantidad de 213.883,60 € + el iva + el beneficio industrial.


domingo, 26 de enero de 2014

Ampliado el plazo para presentar el proyecto ejecución en Bibliotreconomía.

 El Tribunal emplaza a ejecutar la Sentencia este verano de 2014

El tribunal de Justicia de Extremadura amplia el plazo para realizar el Proyecto de ejecución de las obras de Biblioteconomía hasta el 30 de Abril de 2014 a requerimiento del Ayuntamiento de Badajoz dada la necesidad de llevar a cabo la contratación de asistencia técnica.

El propio auto dice lo siguiente: “... para que quede demostrado por parte del Ayuntamiento su voluntad de cumplir definitivamente la Sentencia a la menor brevedad posíble y don los menores perjuicios para todos, parece aprovechar esta resolución a fin de indicar que las obras a realizar deben comenzar a la mayor brevedad posible una vez elaborado el proyecto, aprovechando el final del curso universitario 2013-2014, adoptándose por la Corporación desde ya, las medidas necesarias para que puedan llevarse a cabo en periodo estival.”


Por lo tanto las obras que han de llevarse a cabo para ejecutar la sentencia y demostrar la buena fé del Ayuntamiento, que hasta ahora no lo ha demostrado, deben empezar este verano de 2014.

Una vez más, nos parece razonable la posición de la sala y recalcamos la "demostración de voluntad" que tanto la sala como esta Asociación piden al Consistorio

domingo, 20 de enero de 2013

Comisión de Patrimonio de Enero


Antenas

En la pasada comisión de patrimonio de enero, se presentó un expediente para instalar una antena de telefonía en la Plaza Alta de Badajoz. No debe el Ayuntamiento escudarse en esta comisión de patrimonio para negar la instalación de la referida antena. Por el contrario debe normalizar su política de telefonía para que esta situación esté convenientemente regulada. Aun así la comisión con buen criterio informó desfavorablemente a instalar una antena de móviles en la Plaza Alta.
Aprovechando la ocasión que se hablaba de antenas, la Asociación presentó una foto del antiguo Hospital Militar para ilustrar las instalaciones de antenas que la Universidad dispone en este elemento protegido. Pensamos que ha pasado demasiado tiempo desde que se instalaron y que hoy se dispone de antenas de muy reducidas dimensiones que realizan la mismo o mejor función de radioenlace.  Lá comisión de patrimonio informa favorablemente a la petición de la Asociación que será elevada a la UEX.




Puerta de la Trinidad

En septiembre de 2010 la Comisión informó favorablemente  al proyecto de  restauración de la Puerta Trinidad indicandose que se trataba de eliminar humedades. Dicho expediente de restauración fue rechazado por la Asociación. Pues bien, a instancia de Amigos de Badajoz, la Comisión solicita al Ayuntamiento un informe técnico sobre el origen del derrumbe, aunque nos hubiera gustado mas que fueran los propios técnicos de la Consejería de Educación y Cultura los que elaboraran el informe. Dudamos que el informe del Consitorio ponga un poco de luz a las causas del derribo.

jueves, 3 de mayo de 2012

Auto TSJEx de ejecución definitiva del antiguo Hospital Millitar

Hemos recibido un nuevo "Auto" del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en relación al asunto de Biblioteconomía. Esta nueva sentencia es muy importante, pues teniendo en cuenta el informe, que la sala solicitó a la Academia de Bellas Artes de San Fernando echan por tierra las alegaciones del Ayuntamiento y los informes de técnicos independientes que argumentaban que ésta no se podía ejecutar intentando burlar una vez más su cumplimiento, informes encargados por el consistorio que han costado al bolsillo de los ciudadanos, que sepamos, más de 20.000 euros y que no han servido para nada.

 La Sala Ordena:
Primero. Ejecutar la sentencia dictada en el proceso conforme a lo señalado en el fundamento sexto, (lea el Auto adjunto).
Segundo. Requerir a la alcaldía de Badajoz para que de manera inmediata se proceda a la ejecución de la sentencia en el modo señalado, debiendo dar cuenta a la Sala en el plazo de dos meses de haberse procedido a dicha ejecuc
ión y el estado que, en su caso, mantengan las actuaciones llevadas a cabo.

El Fundamento Sexto dice lo siguiente:
"...debiendo procederse a la demolición de las dos plantas superiores (Cubo) que acogen actualmente unos pequeños despachos. Así mismo, deben eliminarse los tres torreones de remate de los patios que se sobreelevan respecto al resto de la construcción y asoman de modo ingrato y agresivo encima de la muralla almohade. Por lo que respecta a las obras efectuadas en la antigua capilla -que merece un tan motivado como especialmente crítico informe negativo a juicio de la Academia, al quedar relegada a mero tránsito de vehículos para acceso a un posterior aparcamiento- debe procederse a tapiar los dos grandes huecos abiertos con dinteles metálicos, devolviendo a la capilla el carácter de espacio cerrado con reconstrución de los volúmenes que había adosados. En lo que respecta al piso alto del patio principal del Hospital, deben retirarse el cuerpo acristalado con celosías de madera y cubierta plana, debiendo restituirse a su estado anterior; al igual que la arquería del piso inferior a la que deberá devolverse la diafanidad original, eliminando la carpintería de madera que impide su visión frontal e inferior escorzada". Por último la sala considera que puede quedarse la sobreelevación de las cubiertas de todo el edificio, que se realizó en 1,35 m. aproximadamente, pues entiende que no hay constancia de que la reposición alterase la armonía del edificio y que el coste sería desmesurado.

Resumiendo podemos decir que el TSJEX hace suyo el informe de la Real Academia y dicta sentencia para reponer a su estado originario aquello que se ha construido ilegalmente en el edificio, admitiendo las obras legales que se han ejecutado y que sí permitía la ley, tal y como ha venido defendiendo Amigos de Badajoz desde el año 2000.

Desde la Asociación queremos dejar muy claro que este asunto es ya competencia únicamente de los tribunales y del Ayuntamiento como ejecutante de la sentencia y de las demás administraciones implicadas, Junta que lo construye y Universidad que lo utiliza, pues Amigos de Badajoz se limitó a denunciar en su día lo que entendía era una ilegalidad y un ataque al Patrimonio de Badajoz como se ha demostrado. Por ello la Asociación no va a entrar en otras polémicas sobre un asunto más que debatido y sentenciado, cinco veces con esta.

Finalmente nos preguntamos qué va a hacer el Ayuntamiento de Badajoz con esta sentencia, si la va a cumplir tras 12 años de proceso, ya que si de un particular se tratase ya se habría cumplido, o si va a seguir tirando el dinero de los ciudadanos en informes y en alargar el proceso.

Lea el Auto aquí 

Asociación Amigos de Badajoz

miércoles, 1 de febrero de 2012

Dictamen de la Academia de Bellas Artes de San Fernando respecto a Biblioteconomía.



Bajate el "Dictamen emitido por la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la real Academia de Bellas Artes de San Fernando a instancias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal Superior de Extremadura en Julio de 2011" 

Hemos recibido del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) el dictamen que éste le ha encargado a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en relación al asunto de Biblioteconomía.
Tras los informes enviados por el Ayuntamiento de Badajoz al TSJEX argumentando que cumplir la sentencia y devolver el edificio de Biblioteconomía a la legalidad era irrealizable técnicamente, el más alto tribunal de Extremadura encargó directamente a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, la máxima institución española en materia de Patrimonio, un informe sobre el tema. Es importante recalcar que esto no es una resolución judicial, sino un informe técnico y que éste es absolutamente independiente, imparcial y ajeno a las partes implicadas en el proceso, al ser un encargo directo del propio tribunal a esta institución. Será la Sala la que ahora deba emitir un nuevo Auto.

El dictamen es sencillamente demoledor y se lo adjuntamos íntegro para su conocimiento, pues estimamos que puede ser del interés general. En el Preámbulo comienza valorando positivamente la instalación de la Biblioteca Regional y de Biblioteconomía en el antiguo Hospital Militar, para añadir a continuación:
No obstante, esta Real Academia deplora la obra ejecutada en la Alcazaba de Badajoz por no haber hecho compatibles las ventajas sociales… de la ubicación de dicha facultad, con la conservación del Patrimonio Histórico y Cultural que gozaba, en el caso de la Alcazaba de Badajoz, de una protección integral, esto es, la máxima protección que la legislación vigente contempla…”.

En el punto B podemos leer:
Esta Real Academia lamenta igualmente que siendo la Universidad de Extremadura el primer órgano consultivo que se contempla en el artículo 4 de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, no haya sido aquella institución la primera en alertar sobre el daño que ocasionaría este proyecto al singular conjunto de la Alcazaba de Badajoz y a sus vistas desde el exterior de las murallas almohades”.
Así mismo, tanto el Consejo Extremeño del Patrimonio Histórico y Cultural, como el Consejo Asesor del Patrimonio Arqueológico, la Comisión Provincial de Patrimonio…y cuantos organismos, corporaciones, entidades y técnicos han intervenido en este asunto deberían haber advertido de su condición de BIC (Bien de Interés Cultural) a efectos de su conservación y protección, dándose la paradoja de que la titularidad del Bien en cuestión, la licencia y fiscalización de las obras ejecutadas en la mencionada Alcazaba corresponden a la Administración Pública de Extremadura. En otras palabras, parece que han fallado todos los mecanismos de control y defensa recogidos en la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura a efectos de la protección real de los bienes declarados BIC, siendo ésta una obra cuya iniciativa se debe a las Consejerías de Educación, Ciencia, Tecnología, y de Cultura de la Junta de Extremadura”.

En el punto C, y tras citar el “Ejemplar fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y del Tribunal Supremo”, estiman que buena parte de los problemas planteados se deben a la “Baja calidad del proyecto, tanto en el orden conceptual, como en el material y constructivo, lo que se evidencia desde la propia expresión gráfica del proyecto. La construcción dentro del recinto de la Alcazaba almohade del S. XII, por muy deteriorado que estuviese el entorno, y la negativa fagocitación del noble y sólido edificio del Hospital Militar del S. XIX habrían exigido un cuidado proyecto que, a su vez, debería haber tenido en cuenta el lugar, los materiales y el carácter de lo construido, heredado y protegido por la ley”.

A continuación el dictamen hace un claro y detallado estudio del edificio, de las obras improcedentes e ilegales llevadas a cabo, de los fallos que ya han provocado humedades en la nueva obra debido al mal recrecimiento y estudio de las cubiertas, y de cómo se puede devolver el edificio a la legalidad vigente, recuperando espacios derribados para ubicar los despachos de la segunda planta del Cubo, no perdiendo su utilidad para la facultad. En este sentido y en las obras hechas en la capilla dice:
El tratamiento dado a la antigua capilla del Hospital resulta inaudito al haberla dejado relegada a un mero espacio de tránsito transversal de vehículos”.

El dictamen de la Real Academia llega incluso a decir que ni siquiera haría falta que se interrumpiese el desarrollo de la actividad en el edificio para devolverlo a la legalidad, recordando en su punto a) del apartado B.2 Obras de Reforma que: “Las cubiertas del Museo del Prado se sustituyeron sin que éste se cerrara al público”.

En definitiva este Dictamen viene a demostrar lo que lleva Amigos de Badajoz diciendo desde el año 2000, alertando de la ilegalidad  de una parte de lo construido, la falta de respeto al Patrimonio edificado y las posibles soluciones, para cumplir la sentencia, de las partes de la obra que la han violado, sin por ello tener que derribarse todo ni mucho menos.

La Conclusión final dice: ”La Academia entiende que estas obras son perfectamente realizables y técnicamente posibles a un coste que, sin ser nimio, tampoco resultará exorbitante y que en todo caso permitirán que el edificio se atenga casi totalmente a la normativa que en su momento se infringió”.

Dicho lo anterior, la Asociación Amigos de Badajoz quiere dejar claro que no va entrar en ningún tipo de polémica en un asunto ya más que debatido, juzgado y sentenciado; una vez por el TSJEX y dos veces más por el Tribunal Supremo de España.

Dictamen emitido por la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la real Academia de Bellas Artes de San Fernando a instancias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal Superior de Extremadura en Julio de 2011 

viernes, 1 de enero de 2010

Hemeroteca proceso "Biblioteconomía"



Los politicos nos montaron una manifestación contra la sentencia del Supremo sobre el cubo, con asistencia mínima de ciudadanos. La mayoría cargos públicos y simpatizantes. La sociedad civil se desmarcó de toda esta manipulación alejándose de la podredumbre que le intentó manipular no acudiendo a una manifestación contra la LEGALIDAD

Resumen del relato judicial que terminó con el derribo del 'cubo'. 

Hemeroteca judicial:
20-XI-2006 Sentencia Tribunal Supremo
07-XI-2009  Recurso casación del Tribunal Supremo

Información aparecida en los médios de comunicación:
11-XI-2009 Comunicado de Prensa Asociación Amigos de Badajoz
13-XI-2009 El Periodico Extremadura. Editorial
13-XI-2009 Extremadura Progresista. La soberbia de los políticos.
13-XI-2009 La burbuja inmobiliaria. Ordenan derrribar Biblioteconomía.
16-XI-2009 Kaosenlared.net.  El cubo... ¿de Rubick?
16-XI-2009 La gacetilla de Badajoz. Un error al cubo
17-XI-2009 Europa Press  Reunión con la Consejera de Cultura
18-XI-2009 UPyD   Comunicado de Prensa
18-XI-2009 José García Moreno. Prepotencia al cubo
19-XI-2009 Samuel Grueso. Polémica 'al cubo' en Badajoz
19-XI-2009 Juan F. Torres Carvajal. Los dineros del cubo
19-XI-2009 Felip M. Martín Romero. Responsabilidades
20-XI-2009 Francisco Pilo Ortíz. Pisos en la catedral
20-XI-2009 Asociación Cívica C de B. Ante la sentencia de Biblioteconomía.
20-XI-2009 Asociación Cívica C de B. Escuela de Idiomas
20-XI-2009 Emilio Olivas Salguero Reflexiones sobre el cubo de Biblioteconomía
20-XI-2009 Manuel Sosa. ¿El cubo?... si al Estado del Derecho
26-XI-2009 Antonio Manzano. La triste verdad del cubo
27-XI-2009 El Periodico Extremadura. Editorial
27-XI-2009 Javier Teijeiro. El cubo de la discordia: ¿Arquitectura?
29-XI-2009 CNT. El alcalde de Badajoz
29-XI-2009 Aureliano Sáinz. Arquitecto. Otras opiniones.
1-XII-2009 Esther Amaya Torres. El cubo y el Estatut
1-XII-2009 Faustino Lobato. El sindrome del embudo
1-XII-2009 Enrique Macía. La ética del 'cubo' 
4-XII-2009 Tomás Martín Tamayo. Cuestiones al cubo.
6-XII-2009 Violeta Martín Martinez. La responsabilidad de los políticos
13-XII-2009 Estremaura. Si al derribo del cubo
14-XII-2009 ADENEX. Amigos de Badajoz
17-XII-2009 Mateo Giralt Ramírez  Cubo al cubo.
02-I-2010 José J. Rodríguez Lara  Dale limosna mujer
03-I-2010 Santiago Corchete Gonzalo. ¿Sostenella y no enmendalla?
30-I-2010 Moisés Cayetano Rosado. Baluartes de la raya.
25-II-2010 El Periódico Extremadura. Editorial.
02-II-2012 Comunicado de Prensa Asociación Amigos de Badajoz
02-II-2012 Diario HOY.  Proponen rebajar el cubo dos alturas.
05-V-2012 El Periódico Extremadura. El 'cubo' desmochado y el fracaso de la política
05-V-2012 Universidad de Extremadura. La Facultad se podrá mantener allí
10-V-2012 Moisés Cayetano Rosado. El 'cubo' de la Alcazaba de Badajoz
09-XI-2013 El Periodico Extremadura. Supremo desestima recurso Ayto. contra derribo cubo.
13-XI-2013. Diario HOY Tomas Martin Tamayo. Un cubo de problemas
21-XI-2013. Comunicado de Prensa de AdB. Ante la 3ª sentencia del TS
20-I-2014. Ejecución definitiva. Auto T.S.J. Extremadura. Descargar el auto.
10-II-2015 Javier Teijeiro. Arquitecto La Comisión de Patrimonio y otros aspectos colaterales.
14-VI-2015 El Periódico  Extremadura Fragoso cree Tribunal se excede de advertirle desobediencia.
01-XI-2015 El Periódico Extremadura. Facultad de Incomunicación 
06-IV-2016 El Periodico Extremadura. Acciona tirará el Cubo por 325.907 €
07-V-2016 El Periodico Extremadura Acciona tirará el cubo en solo mes y medio.
28-V-2016 El Periodico Extremadura, Diputacion cede 4000 m del Hospital para BIEX
29-V-2016 El Periodico Extremamadura Fragoso dice que hay espacio en actual edificio
11-VI-2016 El Periodico Extremadura. Soriano hace el ridículo pidiendo al Fiscal el indulto
03-VII-2016 El Periodico Extremadura El cubo ha muerto A.M. Romasanta.
04-VII-2016 El Periodico de Extremadura. Fernando Valdés: Sentencia.
03-VIII-2016 Diario HOY. Empieza el derribo de los lucernarios
El 'cubo' empieza a ser referente para frenar otros abusos patrimoniales:
17-XI-2009 Luis Alfonso Limpo Píriz  Las murallas de Olivenza
26-XI-2009 Antonio Vélez  El Templo de Diana y la filosofia Slow
07-II-2015 Academia Extremadura. El Ayto podria cometer otro Cubo con el Campillo