Ingerencia política para aprobar la urbanización del Campillo
DESDE la Asociación Amigos de Badajoz venimos diciendo insistentemente que la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz, dependiente orgánicamente de la Direccion General de Patrimonio Cultural y esta a su vez de la Consejería de Educacion y Cultura adolece de un déficit de representación de asociaciones o instituciones independientes que enerva totalmente su eficacia a la hora de acordar sus decisiones en los grandes temas (y en los menores), relativos a la intervención de nuestro Patrimonio. Una vez mas se ha puesto de manifiesto con motivo del proyecto de urbanización de la zona del Campillo. Pocas veces se ha producido una abstención tan significativa, como la de la sesión del dia 24, a cargo de los miembros de la Federación Extremeña de Municipios, Asociación de vecinos del Casco Antiguo, Diputación Provincial y colegios de arquitectos y de aparejadores.
La única Asociación que voto en contra fue Amigos de Badajoz, que alguna razón tendrá, cuando esta vez no ha sido una excepción, como en tantas ocasiones, en las que se produce casi unanimidad en el pronunciamiento favorable a intervenciones de las Administraciones en nuestro Patrimonio. No hay que ser muy sagaz para entender por qué se ha dado informe favorable a las pretensiones del Ayuntamiento, a pesar de que este no ha presentado la documentación que la propia Comision de Patrimonio estimó necesaria para pronunciarse en un asunto tan sensible y tan delicado como es la pretendida intervención en el Campillo.
Nuestros lectores lo entenderán fácilmente si tenemos en cuenta que el numero de representantes designados, en su mayoría, por la propia Dirección General de Patrimonio, y otros organos de la Junta de Extremadura superan con creces a los que pueden expresarse libremente sin que se vean obligados a actuar con lo que en derecho político se llama «mandato imperativo». Pues de otra forma es imposible tragarse la rueda de molino de que un informe emitido por un funcionario del Ayuntamiento sustituya la rigurosa documentación exigida en la sesion anterior y no presentada. Al menos para cubrir el expediente pudieron dar opcion a que se presente un informe contradictorio al presentado por el aludido funcionario municipal.
Llama la atención la forma de sustituir en las reuniones a los funcionarios para adaptarse al resultado que le interesa obtener a la Dirección Generla política de turnoLa Comision Provincial de Patrimonio, es un órgano deliberante y consultivo y tiene encomendada una alta funcion en la defensa del patrimonio. Sus informes son preceptivos pero no vinculantes, como no lo son los emitidos por ningun organo semejante, salvo que una ley asi lo determine, pero su caudal de prestigio lo está derrochando la Junta de Extremadura por no dictar un nuevo Decreto en el que la representación de la Administraciones y de las instituciones independientes esté equilibrada. Mientras estemos como estamos, la Ley de Patrimonio solo será aplicable al modesto ciudadano que no puede acudir a enfrentarse a la poderosa Administración con sus propios medios, ya que encima esta cuenta con una legión de asesores, a quienes pagamos entre todos los contribuyentes. Pero no olvidemos que no somos tan pocos los que no queremos consentir tantos excesos por parte de las Administraciones.
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